El pacto escrito sobre capitalización de intereses, á que se refiere el artículo 1823 del Código Civil, no es preciso que sea posterior a los plazos en que se devengan los intereses
Año judicial: 1907
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1907
Número de tomo: III
Año de publicación: 1907.0
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema