No constituye delito el daño causado en el primer momento, a quien se introduce clandestinamente a deshoras en una casa.
Año judicial: 1912
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1912
Número de tomo: VIII
Año de publicación: 1916.0
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema