Es infundada la excepción de prescripción interpuesta por el reo que ha quebrantado la sentencia si no ha trascurrido entre la fuga y la recaptura el tiempo que prescribe la pena.
Año judicial: 1913
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1913
Número de tomo: IX
Año de publicación: 1917.0
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema