La obligación de prestar alimentos, debe cumplirse en el lugar donde se encuentre la persona que los reclama.
Año judicial: 1931
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1931
Número de tomo: XXVII
Año de publicación: 1934.0
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema