El reconocimiento de los hijos naturales, no puede hacerse en otra forma que la prescrita en el artículo 238 del C. C.
Año judicial: 1931
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1931
Número de tomo: XXVII
Año de publicación: 1934.0
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema