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La excepción a que se refiere el art, 45 del C. P. debe aplicarse con criterio respectivo. Para calificar como agravante el contagio venéreo, es indispensable la comprobación científica de que el acusado padece de ese mal
Año judicial: 1938
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1938
Número de tomo: XXXIV
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema
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