Si el principal ha liquidado los servicios de su empleado hasta el día en que se retira, no puede alegar abandono del empleo para negarle el derecho a la remuneración por años de servicios
Año judicial: 1939
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1939
Número de tomo: XXXV
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema