En la venta de inmuebles de una quiebra la totalidad de los gastos notariales y la alcabala de enajenación deben ser pagados por la Sindicatura
Año judicial: 1939
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1939
Número de tomo: XXXV
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema