Todos los hijos ilegítimos, siempre que estén reconocidos, son herederos del padre, cualquiera que sea su condición respecto de la madre.
Año judicial: 1942
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1942
Número de tomo: XXXVIII
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema