Buscador de jurisprudencia histórica peruana (1871-1972)

> Ingresa para detalles del buscador

buscador jurisprudencia histórica
En las indemnizaciones por despedida del empleo, la compensación procede únicamente por las sumas que deban los empleados por razón de adelantos de sueldos, ventas suministros de mercaderías de conformidad con el artículo 40 del Reglamento de la Ley 4916.
Año judicial: 1943
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1943
Número de tomo: XXXIX
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema
Scroll al inicio