La falta de exámen de los peritos, exigida por el art. 168 del C. de P. P., es causa de nulidad de todo lo que se actúe con posterioridad a esa omisión.
Año judicial: 1944
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1944
Número de tomo: XL
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema