En el delito de homicidio, es de aplicación el art. 19 del Código Penal, cuando en su comisión el agente no ha revelado perversidad.
Año judicial: 1944
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1944
Número de tomo: XL
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema