El derecho a ejercitar las acciones de indemnización por tiempo de servicios, pago del valor de póliza de seguros, y de renta vitalicia por enfermedad profesional se rige por la legislación especial de la materia y no por las disposiciones del derecho común sobre herencia testamentaria o intestada.
Año judicial: 1946
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1946
Número de tomo: XLII
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema