78 La parte vencida en un juicio de desahucio, no tiene otra acción que la contradictoria, con las limitaciones señaladas en el Art. 973 del C. de P. C.
Año judicial: 1946
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1946
Número de tomo: XLII
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema