La obligación de prestar alimentos se extingue por la muerte del obligado, de acuerdo con lo prescrito en el numeral 453 del C. C.
Año judicial: 1947
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1947
Número de tomo: XLIII
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema