Vendido un inmueble con pacto de reserva de la propiedad hasta la cancelación total del precio, no cabe demandar la rescisión del contrato, alegando el incumplimiento por el vendedor de la obligación de transferir el dominio.
Año judicial: 1947
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1947
Número de tomo: XLIII
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema