El otorgamiento de duplicados de letras de cambio debe solicitarse judicialmente en vía ordinaria de conformidad con el art 296 del C. de P. C.
Año judicial: 1948
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1948
Número de tomo: XLIV
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema