La acción penal prima sobre la civil. Es infundada la excepción de naturaleza de juicio deducida por el inculpado de delito contra el patrimonio, fundándose en que se le sigue juicio civil sobre la en trega de los mismos valores.
Año judicial: 1949
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1949
Número de tomo: XLV
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema