Sólo las sumas permanentes y fijas que por alimentos percibe el empleado, son acumulables al sueldo para el cálculo de las indemnizaciones.
Año judicial: 1949
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1949
Número de tomo: XLV
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema