La porción hereditaria del cónyuge que concurre a la herencia con un hijo ilegítimo del causante, está regida por los arts. 765 y 762 del C. C.
Año judicial: 1950
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1950
Número de tomo: XLVI
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema