Invocada la ocupación precaria del demandado como fundamento de la acción, no es pertinente expresar la cuantía que determina el art. 302 del C. de P. C. para las demandas que versan sobre cosa o prestación apreciable en dinero.
Año judicial: 1950
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1950
Número de tomo: XLVI
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema