El menor que adquiere su mayor edad durante el curso del juicio, debe ser citado personalmente. Es nulo lo actuado con esta omisión.
Año judicial: 1950
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1950
Número de tomo: XLVI
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema