Buscador de jurisprudencia histórica peruana (1871-1972)

> Ingresa para detalles del buscador

buscador jurisprudencia histórica
Invocada la presunción legal del artículo 229 del Código Civil, debe acreditarse la celebración del matrimonio de acuerdo con los requisitos exigidos por las leyes vigentes en el lugar donde se efectuó, probándose la existencia de la ley extranjera de conformidad con el artículo XI del Título Preliminar del Código citado.
Año judicial: 1951
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1951
Número de tomo: XLVII
Año de publicación: 1953.0
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema
Scroll al inicio