El poseedor puede unir a su posesión la de aquél que le trasmitió el bien, al invocar la prescripción fundado en el artículo 871 del Código Civil.
Año judicial: 1951
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1951
Número de tomo: XLVII
Año de publicación: 1953.0
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema