En las demandas ejecutivas de pago de arrendamientos, la ocupación actual por el demandado, de la cosa locada, se presume en mérito de la sola afirmación hecha por el actor, debiendo ser materia de la oposición toda prueba tendiente a desvirtuar este aserto.
Año judicial: 1951
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1951
Número de tomo: XLVII
Año de publicación: 1953.0
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema