No procede demandar ejecutivamente la elevación de una minuta a escritura pública en aplicación del artículo 599 del C. P. C., porque el contenido de las obligaciones de hacer, conforme al artículo 1182 del C. C. consiste sólo en la prestación de un servicio o en la ejecución de una obra
Año judicial: 1952
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1952
Número de tomo: XLVIII
Año de publicación: 1953.0
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema