En los juicios de divorcio corresponde a la parte interesada hacer uso de la excepción de prescripción como medio de defensa.
El Ministerio Fiscal aún cuando es parte en dichos juicios no puede oponer la excepción de la acción que no ha sido invocada por ellos.
Año judicial: 1954
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1954
Número de tomo: L
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema