Conforme al art. 974 del C.P.C. en los juicios de desahucio sólo se admite como reconvención la que se refiere al pago de mejoras.
Año judicial: 1955
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1955
Número de tomo: LI
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema