Tratándose de bienes comunes la esposa no puede obligarlos ni administrarlos; y tampoco pueden ser embargados por deuda contraída por la mujer sin autorización del marido.
Año judicial: 1956
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1956
Número de tomo: LI
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema