Si un hijo ilegítimo judicialmente reconocido está siguiendo un procedimiento contradictorio de la declaración de herederos de su progenitor a fin de que se le asigne también dicha calidad, resulta implicante la acción paralela para obtener una pensión alimenticia, por no tratarse de caso previsto en el art.386 del C.C.
Año judicial: 1956
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1956
Número de tomo: LI
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema