Buscador de jurisprudencia histórica peruana (1871-1972)

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Los actos cuya inscripción o anotación debe hacerse en los Registros Publicos por mandato judicial están específicamente señalados en el C. C. y fuera de dichos casos la intervención de los jueces para ordenar tal inscripción o anotación sólo está expedita cuando terminado el respectivo expediente administrativo ante los Registros, los interesados recurren al Poder Judicial
Año judicial: 1958
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1958
Número de tomo: LIII
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema
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