No obstante que importa un exceso en el pronunciamiento que en la sentencia se ordene que el ausente, respecto de quien se ha mandado reservar el proceso, pague solidariamente con los ctros coacusados la reparación civil, tal circunstancia no es causal de nulidad del fallo ni del juicio oral
Año judicial: 1958
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1958
Número de tomo: LIII
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema