Buscador de jurisprudencia histórica peruana (1871-1972)

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En atención a la naturaleza de los servicios que prestan, se considera a los vendedores repartidores de aguas gaseosas que perciben comisión como empleados de comercio.
Año judicial: 1958
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1958
Número de tomo: LIII
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema
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