Si bien el Art. 992 del C. de P.C., concordante con el 209 de la Constitución, protege los bienes inmuebles de las comunidades indígenas, tales disposiciones no pueden ser aplicadas a quienes integran una comunidad por ser ellos los usufructuarios de los bienes
Año judicial: 1959
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1959
Número de tomo: LIV
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema