Las obligaciones y responsabilidad del tutor se norman por su propio instituto legal, sin que sea necesario recurrir a la vía penal mientras no se liquide definitivamente su administración y se compruebe fehacientemente la mala fe de su ejercicio así como el efectivo e irreparable perjuicio irrogado en el patrimonio de los tutelados.
El hecho de ser ascendiente de los agraviados el denunciado, es causal de impunidad
Año judicial: 1959
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1959
Número de tomo: LIV
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema