El Juez tiene potestad suficiente para decidir a cual de los padres corresponde el cuidado del menor.
Si el padre que reclama la entrega de su menor hijo reconocido no va a ejercer directamente la patria potestad con todas las obligaciones que establece la ley, ésta debe continuar ejerciéndose por la madre. El derecho de la madre prevalece al de los abuelos del menor.
Año judicial: 1960
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1960
Número de tomo: LV
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema