Las disposiciones de la Ley Nº 10716 que ordenan el corte de los juicios de desalojo que no estaban comprendidos en las leyes N.° 10222 y 10631 se aplican a los juicios existentes en la fecha de la promulgación de dicha ley; pero no puede invocarse la misma para cortar los juicios iniciados con posterioridad.
Año judicial: 1960
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1960
Número de tomo: LV
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema