Habiendo el juez concedido en ambos efectos el recurso de apelación su jurisdicción queda en suspenso, y por consiguiente dicho funcionario no puede, de contrario imperio, dar por no presentado el expresado recurso de apelación fundado en que el demandado no ha purgado la rebeldía declarada por no haber asistido al acto de comparendo costas.
Año judicial: 1960
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1960
Número de tomo: LV
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema