No es causal de nulidad de sentencia y de todo lo actuado la circunstancias de que en un procedimiento de inscripción de partida no se haya indicado la hora del nacimiento ni la edad de los padres: tales omisiones pueden suplirse en el momento de la inscripción.
Año judicial: 1960
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1960
Número de tomo: LV
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema