El vicio oculto para tener la calidad legal de tal, debe ser inherente a la cosa, y hacerla inaparente para los fines a que está destinada. Si el adquirente le da un destino inadecuado, no procede la acción redhibitoria contra el vendedor.
Año judicial: 1962
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1962
Número de tomo: LVII
Año de publicación: 1963.0
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema