No debe tomarse en consideración, para los efectos de la ejecución de los testamentos, los bienes que el testador tuvo al momento de testar, sino los que finque a su fallecimiento.
Año judicial: 1962
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1962
Número de tomo: LVII
Año de publicación:
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema