Buscador de jurisprudencia histórica peruana (1871-1972)

> Ingresa para detalles del buscador

buscador jurisprudencia histórica
La responsabilidad solidaria que tienen respecto a los embargos, el ejecutante y el interventor, sólo es de aplicación cuando éste ha cumplido con el trámite de rendición de cuentas previsto en el art. 641 del C. de P. C.
Año judicial: 1962
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1962
Número de tomo: LVII
Año de publicación: 1963.0
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema
Scroll al inicio