El cortador de pieles, por el carácter esencialmente manual de su labor, no tiene la calidad de empleado de comercio. La ley 12527 regula otro tipo de ocupación, en la que evidentemente se considera labor intelectual de dirección.
Año judicial: 1962
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1962
Número de tomo: LVII
Año de publicación: 1963.0
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema