En las acciones por responsabilidad extracontraactual, no puede ser invocada la disposición del Art. 1141 del C.C. como elemento tendiente a disminuir el quantum de la indemnización, cuando tratándose de vehículos cuya explotación comporta riesgo, el propietario no ha dotado a la máquina de los indispensables aditamentos de seguridad.
Año judicial: 1963
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1963
Número de tomo: LVIII
Año de publicación: 1964.0
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema