Cuando los contratantes de una cuenta corriente llevan dos operaciones distintas y de origen diferente, la aplicación indiscriminada de los pagos que se verifican a las cuentas referidas, no permite precisar la suma líquida y exigible y por lo mismo es improcedente la acción ejecutiva.
Año judicial: 1963
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1963
Número de tomo: LVIII
Año de publicación: 1964.0
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema