Mientras subsista el estado de indivisión de un bien y no se encuentre éste bajo régimen de administración común, el condómino no puede reclamar los frutos civiles devengados.
Año judicial: 1963
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1963
Número de tomo: LVIII
Año de publicación: 1964.0
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema