Buscador de jurisprudencia histórica peruana (1871-1972)

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La acción de tercería sólo puede ejercitarse por quienes son extraños a la obligación que originó el embargo. Los herederos de una sucesión demandada son obligados y por lo mismo, no pueden ser terceristas
Año judicial: 1963
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1963
Número de tomo: LVIII
Año de publicación: 1964.0
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema
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