En el ejercicio de la acción real, es Juez competente el del lugar de la situación de la cosa, salvo que las partes hayan prorrogado la jurisdicción.
Año judicial: 1963
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1963
Número de tomo: LVIII
Año de publicación: 1964.0
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema