Contra el auto que resuelve un recurso de reposición sólo procede la apelación en el efecto devolutivo y por lo mismo, no procede el recurso de nulidad. La facultad conferida en el art. 3 del C. de P.P. corresponde ejercitarla sólo al Juez.
Año judicial: 1963
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1963
Número de tomo: LVIII
Año de publicación: 1964.0
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema