Buscador de jurisprudencia histórica peruana (1871-1972)

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No puede ser inpugnada de diminuta la consignación verificada por el retrayente, para ejercer su derecho de sustitución, si en la escritura de venta no se ha determinado concretamente el valor del inmueble. Queda expedito el depósito del complemento del precio y los gastos cuando se hayan precisado.
Año judicial: 1963
Título índice: Anales Judiciales de la Corte Suprema de Justicia 1963
Número de tomo: LVIII
Año de publicación: 1964.0
Repositorio oficial: Anales Judiciales – Corte Suprema
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